Contrato de sustitución por maternidad o paternidad

¿Conoces los cambios que hay en el Real Decreto-ley 1/2023 que afecta a la sustitución en caso de maternidad o paternidad?

Hasta ahora, cuando una mujer u hombre se iban de baja maternal o paternal, el gobierno aplicaba una bonificación del 100% de los costes de la seguridad social, tanto para la persona que se iba de baja como para la persona que, de forma temporal, le sustituye con un contrato de sustitución o interinidad (siempre y cuando fuera una persona desempleada).

Pero con el nuevo Real Decreto-ley aprobado el pasado 10 de Enero de 2023, las cosas han cambiado sustancialmente. Te contamos los cambios más destacados.

¿Qué ha cambiado con la nueva ley?

Por un lado, el gobierno pasa de bonificar el 100% de los costes de la Seguridad Social a aportar 336 euros como máximo (cantidad que se aplicará de forma proporcional si no es un contrato a tiempo completo). Esta bonificación se aplicará durante el tiempo que se superponga el contrato de sustitución y la respectiva prestación del sustituido).

Por otro lado, esta bonificación solo se podrá aplicar siempre y cuando la persona que va a sustituir ese puesto de trabajo sea un menor de 30 años y se encuentre en situación de desempleo. (Recordamos que hasta ahora, no había limitación de edad para que se pudieran beneficiar de la bonificación).

Hasta ahora, para que la empresa pudiera beneficiarse de estos incentivos se tenía que cumplir una serie de requisitos, como que la duración del nuevo contrato fuera exactamente la misma que la ausencia por la baja de maternidad o paternidad. Tampoco se podía modificar ni la jornada laboral ni la categoría profesional, y también había que explicarse los motivos de interinidad en el contrato, así como poner el nombre de la persona que es sustituida.

Estos cambios serán efectivos a partir del 1 de septiembre de este mismo año, hasta entonces, aquellos empresarios y empleadores que necesiten sustituir cualquier baja por maternidad o paternidad, podrán hacerlo con las condiciones actuales (podrán bonificar el 100% de los costes de la Seguridad Social de ambos contratos, y no tendrán el límite de edad de 30 años, aunque esa persona tiene que ser desempleada).

Si tienes cualquier duda, llámanos o contacta con nosotros . Somos tu asesoría laboral de confianza. Estamos aquí para ayudarte.